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DHS ANUNCIA PROCESOS IMPLEMENTANDO EL PROGRAMA DE REUNIFICACIÓN FAMILIAR PARA COLOMBIA, EL SALVADOR, GUATEMALA Y HONDURAS

Publicado en: https://www.dhs.gov/news/2023/07/07/dhs-announces-family-reunification-parole-processes-colombia-el-salvador-guatemala

La Administración Biden-Harris continúa su estrategia para proporcionar vías legales y reducir la migración irregular peligrosa

WASHINGTON – El Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS, por sus siglas en inglés) anunció procesos implementando el programa de reunificación familiar (FRP) para Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras, avanzando en la exitosa combinación de la Administración Biden-Harris de vías legales ampliadas y aplicación fortalecida para reducir la migración irregular. Los procesos de FRP promueven la unidad familiar y son parte de las medidas integrales anunciadas en abril por el DHS y el Departamento de Estado.

Los nuevos procesos son para ciudadanos de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras cuyos familiares son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales y que han recibido aprobación para reunirse con su familia en los Estados Unidos. Específicamente, los nacionales de estos países pueden ser considerados en solicitar un permiso caso por caso por un período de hasta tres años mientras esperan para solicitar convertirse en residentes permanentes legales.

"Estos nuevos procesos promueven la unidad familiar y proporcionan vías legales consistentes con nuestras leyes y nuestros valores", dijo el Secretario de Seguridad Nacional, Alejandro N. Mayorkas. "El Departamento ha demostrado que la expansión de vías seguras, ordenadas y legales, combinada con una aplicación estricta, es efectiva para reducir la migración peligrosa e irregular a los Estados Unidos".

Ciertos ciudadanos de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras que son beneficiarios de un Formulario I-130 aprobado, Petición para Familiar Extranjero pueden ser elegibles para ser considerados para el permiso bajo los nuevos procesos. Los beneficiarios calificados deben estar fuera de los Estados Unidos, cumplir con todos los requisitos, incluidos los requisitos médicos y de detección, y no deben haber recibido ya una visa de inmigrante.

Los procesos comienzan con el Departamento de Estado emitiendo una invitación al ciudadano estadounidense solicitante o miembro de la familia residente permanente legal cuyo Formulario I-130 en nombre de un beneficiario colombiano, salvadoreño, guatemalteco u hondureño ha sido aprobado. Los beneficiarios que esperan una visa de inmigrante podrían incluir ciertos hijos y hermanos de ciudadanos estadounidenses y ciertos cónyuges e hijos de residentes permanentes. El peticionario invitado puede iniciar el proceso presentando una solicitud en nombre del beneficiario y los miembros elegibles de la familia para ser considerados para la autorización anticipada de viaje y la libertad condicional.

Los nuevos procesos permiten la aprobación del un permiso solo de manera discrecional, caso por caso y temporal previa demostración de razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo, así como una demostración de que el beneficiario merece un ejercicio favorable de discreción. Las personas presentes en los Estados Unidos bajo el programa generalmente serán consideradas para un permiso hasta tres años y serán elegibles para solicitar autorización de empleo mientras esperan que su visa de inmigrante esté disponible. Cuando su visa de inmigrante esté disponible, pueden solicitar convertirse en residentes permanentes legales.